viernes, 12 de junio de 2015

BONIFICACION AUTÓNOMOS POR CONCILIACIÓN VIDA FAMILIAR Y PERSONAL VINCULADA A LA CONTRATACIÓN



Con la publicación del RD .Ley 1/2015 de 27 de Febrero, desde el día 1 de Marzo se puede solicitar una bonificación del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes, durante 12 meses.
Esta cuota será la que resulte de aplicar el tipo mínimo de cotización estipulado sobre la media de los últimos 12 meses.
Esta bonificación se puede solicitar cuando el autónomo se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
1.- Cuidado de familiar hasta el 2º grado en situación de dependencia.
2.- Cuidado de menores de 7 años a su cargo.
Requisitos:
1.- Permanecer en el régimen de autónomos, durante los 6 meses posteriores a la  finalización de la bonificación disfrutada.
2.-Contratar un trabajador durante el disfrute de la bonificación bien a tiempo completo o a tiempo parcial con una jornada no inferior al 50%.
3.-En caso de contrato temporal se aplicara la bonificación en proporción al porcentaje de la jornada que realiza el trabajador contratado.
4.- Solo se podrán acoger a esta bonificación los autónomos que en los 12 meses anteriores no hayan tenido asalariados contratados.

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