jueves, 27 de diciembre de 2012

Las Notificaciones telemáticas de la Seguridad Social


Siguiendo los pasos de la AEAT, la Tesorería General de la Seguridad Social también ha puesto en marcha un servicio de Notificaciones Telemáticas, a disposición de todas las empresas y ciudadanos; que permitirá recibir por vía de internet las notificaciones que la Seguridad Social venía remitiendo hasta ahora en papel y por correo ordinario.
El Sistema de Remisión Electrónica de Datos en el ámbito de la Seguridad Social, llamado NOTESS (Notificaciones Electrónicas de la Seguridad Social) se regulará próximamente mediante una Orden Ministerial.

Este sistema empezará a funcionar a partir del  1 de Enero de 2013, previa recepción de una comunicación escrita de la Administración, para todas las empresas y ciudadanos que estén ya incorporados al Sistema RED de la Seguridad Social.
Además, es importante resaltar que todas las empresas que se creen a partir de 1 de Enero de 2013 ya quedarán automáticamente incluídas en este servicio, sin necesidad de recibir esa previa comunicación por parte de la TGSS.

Y además de las empresas anteriores, para las que resulta obligatorio, el sistema está también disponible para aquellas empresas y ciudadanos que voluntariamente decidan hacer uso del mismo.

Por tanto, harán uso de este sistema de notificaciones las empresas y ciudadanos dados de alta en el Sistema RED y también las personas autorizadas o apoderadas por éstos.
El Sistema también permite, a través de Regsitro Electrónico de Apoderamientos de la Seguridad Soicial, que las empresas puedan otorgar apoderamientos a favor de terceras personas para recibir las notificaciones.

Una vez dados de alta en el sistema, los usuarios del mismo deben saber que, al menos inicialmente, se van a recibir por vía telemática las notificaciones referidas a los procedimientos de gestión recaudatoria de la Seguridad Social, tales como reclamaciones de deuda, providencias de apremio y cualesquiera actos de la vía ejecutiva.

Progresivamente se irán incluyendo notificaciones referidas a otros procedimientos.
En cuanto a la dinámica de las notificaciones, el funcionamiento es muy similar al de las de la AEAT. Las notificaciones estarán a disposición del usuario en la Sede Electrónica de la Seguridad Social durante 10 días.

Transcurrido dicho plazo sin haber accedido a la misma, la notificación se entenderá por realizada, a los efectos oportunos.

Para aumentar la seguridad jurídica, la TGSS enviará al receptor de la notificación un aviso por correo electrónico, indicándole que tiene disponible una notificación; para que puedan acceder a consultarla.

Para acceder a las notificaciones, será necesaria la autenticación del receptor mediante el uso de la correspondiente certificación electrónica, y tanto las notificaciones y acuses de recibo asociados, como los edictos publicados, estarán disponibles en el correspondiente expediente electrónico en las direcciones provinciales de la Seguridad Social.

Para la TGSS esto supone una auténtica revolución que va a modificar las relaciones entre la Administración y los ciudadanos, porque permite la gestión de notificaciones en formato electrónico, un punto único de acceso para todas las notificaciones, disponibilidad permanente 24 horas al día, confidencialidad y autenticación en la recepción y agilidad en la resolución de incidencias, entre otras muchas ventajas.

Sin embargo, y como crítica, puede señalarse, al igual que ocurre con las de la AEAT, que se reduce la seguridad jurídica en los procedimientos administrativos y se traslada toda la responsabilidad de la práctica de la notificación, o de los defectos en su recepción, a los administrados porque, como ya se ha señalado; si tras 10 días la notificación no ha sido consultada, ésta se da por realizada a efectos legales.

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