sábado, 12 de diciembre de 2020

BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 115- Prorroga de limitacion de libertad de circulación en la Comunidad de Cantabria

 

Primero.

 Prórroga de la limitación de la libertad de circulación de personas en horario nocturno en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
La eficacia de la medida adoptada por Decreto 8/2020, de 13 de noviembre, del Presidente
de la Comunidad Autónoma, por el que se fija la hora de comienzo y finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno en la Comunidad Autó-
noma de Cantabria queda nuevamente prorrogada desde las 0:00 horas del 12 de diciembre
de 2020 durante un plazo de 10 días naturales, pudiendo prorrogarse, modificarse o dejarse
sin efecto en atención a la evolución epidemiológica.


Segundo.

 Prórroga de limitación de entrada y salida de personas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
La eficacia de la medida adoptada en el apartado Primero del Decreto 9/2020, de 17 de noviembre, del Presidente de la Comunidad Autónoma, por el que se fija la limitación de entrada
y salida de personas en el territorio de la Comunidad Autónoma queda nuevamente prorrogada
desde las 0:00 horas del 12 de diciembre de 2020 durante un plazo de 10 días naturales, pudiendo prorrogarse, modificarse o dejarse sin efecto en atención a la evolución epidemiológica.

sábado, 6 de junio de 2020

El Lunes 8 de Junio, Cantabria entra en la Fase 3 de la desescalada.

 ¿QUE PODEMOS HACER EN LA FASE 3?

La fase tres, antesala de la 'nueva normalidad', trae cambios que afectarán a los negocios de hostelería, a los comerciantes minoristas, a las empresas culturales y en definitiva, a la vida de los cántabros.

Ahora bien, todas las medidas del BOE quedan pendientes ya del Gobierno de Cantabria porque a partir del lunes las autonomías recuperan las competencias y podrán flexibilizar las normas, salvo el traslado entre comunidades autónomas, que tras el anuncio de ayer del Ministro de Sanidad, Salvador Illa, dependerá únicamente del Gobierno y no de los líderes territoriales como se dio a entender hace unos días.


HOSTELERÍA Y TURISMO 
 
Terrazas al 75% y consumo en barra
Las terrazas al aire libre pueden abrir al 75% de su capacidad -con una ocupación máxima de 20 personas- y se permite el consumo en barra siempre que se garantice la distancia de seguridad (dos metros). Aunque el Gobierno cántabro prevé que aumentar el aforo hasta el 100% en los 82 municipios con menos de 5.000 habitantes. Se eliminan los servilleteros, palilleros, aceiteras y otros utensilios similares para reducir en la medida de los posible que se manipulen por cada cliente.

Las discotecas continuarán cerradas a no ser que el Gobierno regional decida reabrirlas.
En los hoteles y alojamientos turísticos se permite la apertura al público de las zonas comunes siempre que no superen el 50% de su aforo. Los espacios cerrados donde vayan a celebrarse eventos, como la zona del gimnasio o de animación, deberán ventilarse dos horas antes. El aforo máximo de actividades será de 20 personas.

Por lo que se refiere a las actividades turísticas se flexibilizan las condiciones para la práctica de actividades de turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta 30 personas.
Podrán abrirse los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50%. Además, se indica que se establecerá un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

La misma Orden especifica que en esta fase se permite también la apertura al público de las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales aunque se limita su aforo al 40%. Además, el aforo de los locales y establecimientos comerciales ubicados en ellos se fija en un 50%.


ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS
 
Se permiten los entrenamientos en ligas no profesionales
En el ámbito de la cultura, destaca la posibilidad de realizar actividades culturales en las bibliotecas y museos siempre que no se supere el 50% del aforo autorizado.
La actividad de los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala.

Se podrán abrir los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios con un aforo máximo del 50%. Y, también se permite la reapertura de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas y locales específicos de apuestas, siempre que no se supere el 50% del aforo permitido y se cumplan las medidas de higiene y prevención previstas en la Orden.

Y, en materia de deportes se permiten los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas, así como la celebración de espectáculos y actividades deportivas.

La Orden que regula el paso a la fase tres indica las condiciones para la realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil. Cuando éstas se lleven a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores. Y cuanto tengan lugar en espacios cerrados, se deberá limitar el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual con un máximo de 80 participantes.


DESPLAZAMIENTOS 
 
 Sin fecha conocida
El anuncio del Ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha dejado claro que las decisiones sobre los desplazamientos durante la fase tres corresponde exclusivamente al Gobierno de España y no a los líderes territoriales, a pesar de haber estudiado durante el fin de semana la posibilidad de permitir los desplazamientos entre provincias y comunidades que el próximo 8 de junio entrasen en la fase tres. Por lo tanto, el traslado entre distintas comunidades no se producirá hasta que se alcance la 'nueva normalidad' el próximo 21 de junio como mínimo.


MEDIDAS DE CARÁCTER SOCIAL 
 
Se suprimen las franjas horarias
No quedará reservada ninguna franja horaria a ningún colectivo aunque se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene con los grupos considerados vulnerables al Covid-19. No obstante, los grupos deberían ser de un máximo de 20 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados.

Las bodas podrán realizarse ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el 75% de su aforo, y en todo caso un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 en espacios cerrados.

jueves, 30 de abril de 2020

FASES DE DESESCALADA



  • El pasado martes, el Consejo de Ministros decidió cómo será la desescalada, con sus respectivas fases
  • El Gobierno confía con llegar a finales de junio a la “normalidad”
El Gobierno presentó, el pasado martes, la fórmula para la desescalada, basada en cuatro fases: 0, 1, 2 y 3.
Tal como anunció Pedro Sánchez: “La desescalada será gradual, asimétrica y coordinada. Lo vamos a hacer por fases, la unidad será la provincia o la isla, no habrá movilidad entre provincias o islas”.
Por tanto, el objetivo del Gobierno es realizar una desescalada progresiva y recuperar, poco a poco, la actividad “normal”.


Fase 0: La preparación

España se encuentra ya en esta fase desde el pasado domingo, cuando se permitió que los menores de 14 años salieran acompañados de un adulto. Permaneceremos en esta fase hasta el 10 de mayo, salvo algunas islas de Canarias (La Graciosa, El Hierro y La Gomera) y Baleares (Formentera), que pasarán directamente a la fase 1.
  • Comenzarán a abrirse locales de apertura, con cita previa (comida a domicilio, peluquerías…)
  • Se podrá salir a realizar deporte de forma individual o a pasear acompañado por alguien con quien convivamos.
  • Se permitirán entrenamientos individuales de deportistas federados y ligas profesionales

Fase 1: El inicio

Esto será a partir del 11 de mayo.
  • Pequeño comercio: Comenzarán las actividades del pequeño comercio, siempre y cuando se cumplan las condiciones de seguridad.
El comercio deberá tener un aforo limitado, ocupando solo un 30% de su capacidad y una distancia mínima de 2 metros entre clientes (si esto no es posible, se permitirá un solo cliente dentro del establecimiento).
Del mismo modo, se establecerá un horario de atención preferente a personas mayores de 65 años.
  • Restaurantes: Se permitirá la apertura de las terrazas, pero con una ocupación máxima del 30% de su capacidad. La afluencia dentro del local debe ser mínima.
  • Hoteles: Se permitirá también la apertura de hoteles y otros alojamientos turísticos, bajo unas condiciones de seguridad como no ocupar las zonas comunes (jardín, piscina, etc.)
  • Espectáculos: Se permitirá la celebración de espectáculos de menos de 30 personas en lugares cerrados y menos de 200 en caso de actos al aire libre.
  • Visitas a museos: Podremos visitar museos, siempre con el límite de un tercio del aforo.
  • Lugares de culto: También se podrá ir a iglesias, mezquitas, etc., con la condición de un tercio del aforo.
  • Velatorios: Podrán acudir a los velatorios un número máximo de familiares, cumpliendo las distancias de seguridad.
  • Deporte no profesional: Abrirán las instalaciones deportivas al aire libre, sin público y para deportes sin contacto (como atletismo o tenis). También se permiten actividades deportivas individuales con cita previa en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.
  • Deporte profesional: os deportistas profesionales tendrán menos restricciones, ya que se autorizará el “entrenamiento medio” en ligas profesionales y en centros de alto rendimiento.
  • Contacto social: Podremos visitar a amigos y familiares, siempre y cuando no presenten patologías previas y no sean vulnerables.

Fase 2: Fase intermedia

Desde el 25 de mayo podremos tener contacto social con grupos más grandes, siempre y cuando no haya en ellos personas vulnerables. Podremos viajar a las segundas residencias, siempre y cuando se encuentren en la misma provincia que nuestra vivienda habitual.
  • En comercios: Se ampliará el aforo máximo a un 40% de la capacidad del local.
  • Centros comerciales: Comenzarán a abrir los parques o centros comerciales, manteniendo cerradas las zonas recreativas o comunes.
  • Restauración: Se permitirá el consumo dentro de cafeterías, restaurantes o bares, únicamente en mesa y con separación entre los clientes.
No se incluyen discotecas y bares nocturnos.
  • Hoteles: En hoteles y alojamientos turísticos se permitirá un aforo máximo del 30% con la reapertura de las zonas comunes.
  • Cines y teatros: Reabrirán con butaca preasignada cines, teatros, auditorios,… Cumpliendo con un aforo máximo de un 30% de su capacidad.
  • Educación: Abrirán los colegios para actividades de refuerzo, preparación de la EVAU y para garantizar que los menores de 6 años puedan estar atendido en caso de que sus padres tengan que acudir a su puesto de trabajo.
  • Bodas: Se permitirá la celebración de bodas, con un límite máximo de invitados.

Fase 3: Avanzada

A partir del 8 de junio se abrirán todas las actividades, pero continuarán las restricciones y la necesidad de mantener las distancias de seguridad oportunas.
  • Comercios: Se limitará el aforo al 50% de su capacidad y continúa la necesidad de que haya una distancia mínima de dos metros entre las personas.
  • Centros comerciales: Se levantará la prohibición de utilizar las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales.
  • Restauración: Se aumenta el aforo a un máximo del 50% de su capacidad.
Se permitirán clientes en barra, con una separación mínima de 1,5 metros entre unos y otros.
  • Discotecas y bares nocturnos: Se procederá a la reapertura de discotecas y bares nocturnos, con una ocupación máxima del 30% de su capacidad.
  • Playas: Es probable que se reabran las playas en esta fase, cumpliendo con las distancias de seguridad.
  • Toros: Se permitirá la actividad en instalaciones taurinas, con un máximo de una persona por cada 9 metros cuadrados.

miércoles, 15 de abril de 2020

El Consejo de Ministros se reunió ayer, 14 de abril, para decretar nuevas medidas y aprobar el aplazamiento de impuestos


María Jesús Montero, ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, fue la encargada de realizar el anuncio: “El Consejo de Ministros ha aprobado hoy ampliar los plazos de presentación y pago de las declaraciones tributarias para pymes y autónomos, de tal forma que, ninguno de ellos, deberán presentarlas, ni pagar impuestos, antes de este mes de abril”.

En el caso de declaraciones domiciliadas, el plazo se ampliaría del 15 de abril al 15 de mayo y esta medida podrá beneficiar a casi 3,4 millones de contribuyentes, lo que representa un 95% del total de empresas y autónomos que tienen que presentar sus declaraciones en el mes de abril.

El texto del Boletín Oficial del Estado publicado hoy anuncia lo siguiente: “En el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decretoley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta esta fecha. En este caso, si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.

martes, 14 de abril de 2020

Los autónomos comenzarán a cobrar la prestación por cese de actividad el 17 de abril


  • La duración de la prestación es de un mes, pero puede ampliarse en caso de nuevas prórrogas del estado de alarma
  • El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asegura que el número de solicitantes asciende casi al millón
Los autónomos que solicitaron el cese de actividad por el covid-19, comenzarán a percibir la prestación a partir de este viernes, 17 de abril, un mes después de que el Gobierno anunciara esta ayuda.
Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, anunció, el pasado 17 de marzo, que, para aquellos trabajadores por cuenta propia que hubiesen visto paralizada su actividad o mermados sus ingresos, se establecería una prestación extraordinaria por cese de actividad.
Según el Ministerio, el número de autónomos que ha solicitado esta prestación asciende a los 900.000. En la memoria de impactos del decreto ley, el Gobierno estimaba que alrededor de un millón de trabajadores autónomos se acogerán a la prestación extraordinaria por cese de actividad.


Además, esta ayuda pueden solicitarla también aquellos profesionales autónomos con trabajadores a su cargo. En este caso, pueden tramitar un ERTE y, al mismo tiempo, acceder a esta prestación por cese de actividad.

José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, explicó que “los autónomos pueden solicitar esta nueva prestación, análoga a la de cese de actividad, cuando su actividad quede suspendida por la declaración del estado de alarma o cuya facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior”. Esta ayuda supondrá la cuantía del 70% de la base reguladora, unos 660 euros. 

La duración de la ayuda es de un mes, pero es posible ampliarla hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma, en caso de que éste se prorrogue de nuevo. Además, cabe destacar que el tiempo de su percepción se entiende como cotizado y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.