viernes, 12 de junio de 2015

PUEDE UN AUTÓNOMO CONTRATAR A SU PAREJA?



La figura del autónomo colaborador

Los trabajadores autónomos en España pueden contratar a un familiar a través de la figura del autónomo colaborador.  Pero, ¿que es exactamente y que obligaciones engloba? Desde Ms Asesores,  te lo explicamos.

Un autónomo colaborador es una solución para el autoempleo que te permite contratar a un familiar, siempre y cuando cumplas los siguientes requisitos:

• Ser familiar directo de hasta segundo grado (cónyuge, padres, hijos o hermanos).
• Debe existir convivencia entre ambos.
• Debe trabajar de forma habitual en el negocio.
• No estar dado de alta como asalariado en otra empresa.

Actualmente, los autónomos que contraten a un autónomo colaborador podrán acogerse a una bonificación de la cuota de autónomos del colaborador, consistente en una reducción de hasta el 50% durante los primeros 18 meses.

Estará obligado a darse de alta como autónomo colaborador en Seguridad Social y Hacienda pero no estará obligado a presentar la declaración trimestral del IVA, ni el modelo 130 del pago fraccionado de la declaración de la renta.  Será el autónomo titular el que deberá presentar las declaraciones correspondientes, así como las cuotas de Seguridad Social suyas y del autónomo colaborador.  

En estos caso también se podría acordar una nómina para el autónomo colaborador.

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