jueves, 14 de agosto de 2014

Bonificaciones Autónomos 2014



En este artículo te explicamos la tarifa plana o cuota de 50 euros para autónomos y las bonificaciones generales aplicables a jóvenes, discapacitados y autónomos familiares.
La tarifa plana para autónomos consiste en el pago mensual de 53 euros a la Seguridad Social en lugar de los 261,83 euros que constituyen la cuota mensual mínima en el ejercicio 2014.

NORMATIVA:



 REQUISITOS:


Los principales requisitos para tener acceso a las bonificaciones para menores y mayores de 30 años son:

- No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores.
- No emplear trabajadores por cuenta ajena.
- No ser autónomo colaborador (Régimen especial para familiares de los autónomos)
- Hay un cuarto requisito importante y es que estas bonificaciones no son aplicables a aquellos autónomos que sean administradores de sociedades. En cambio hay que reflejar que en el caso de las cooperativas de trabajo asociado sí que se puede optar por la tarifa plana.
- Tampoco podrás recibirla si te has beneficiado en el pasado de alguna bonificación para autónomos aunque   hayan pasado más de 5 años.
- Los autónomos discapacitados es necesario que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%


CUANTIA BONIFICACIÓN PARA HOMBRES MAYORES DE 30 AÑOS Y MUJERES MAYORES DE 35 AÑOS:

La cuantía de la tarifa plana se va incrementando en función del tiempo:

- Primeros 6 meses: 80% de reducción de la cuota, con lo que con las bases y tipos de 2014 se queda en 53,07 euros.
- Meses 7 al 12: 50% de reducción durante el segundo semestre, que se quedaría en 2014 en 130,91 euros.
- Meses 13 al 18: 30% de reducción durante el siguiente trimestre, que se quedaría con las bases y tipos de cotización de 2014 en 183,28 euros.

CUANTÍA BONIFICACION PARA HOMBRES MENORES DE 30 AÑOS Y MUJERES MENORES DE 35 AÑOS:

 Tendrá una duración de 30 meses en total, ininterrumpidos, con independencia de los períodos de baja en el Régimen dentro de dicho plazo, que serán tenidos en cuenta a efectos del cómputo total de los 30 meses.

- Primeros 6 meses: 80% de reducción de la cuota, con lo que con las bases y tipos de 2014 se queda en 53,07 euros.
- Meses 7 al 12: 50% de reducción durante el segundo semestre, que se queda en 2014 en 130,91 euros.
- Meses 13 al 15: 30% de reducción durante el siguiente trimestre, que se queda con las bases y tipos de cotización de 2014 en 183,28 euros.
- Meses 16 al 30: 30% de reducción durante los últimos 15 meses.

 CUANTÍA BONIFICACION PARA DISCAPACITADOS

En caso de tener personal contratado sólo sería de aplicación la bonificación del 50%.

- Primeros 6 meses: 80% de reducción de la cuota, con lo que con las bases y tipos de 2014 la cuota mensual  se queda en 53,07 euros.
- Meses 7 al 60: 50% de bonificación durante 54 meses, con lo que la cuota se quedaría en 2014 en 130,91 euros.


CUANTÍA BONIFICACION PARA DISCAPACITADOS  < 35 AÑOS

Como requisitos se establecen causar alta inicial, no haber estado de alta como autónomo en los 5 años anteriores y no tener personal contratado.

- Primeros 12 meses: 80% de reducción de la cuota, con lo que con las bases y tipos de 2014 la cuota mensual  se queda en 53,07 euros.
- Meses 13 al 60: 50% de bonificación durante 4 años siguientes, con lo que la cuota se quedaría en 2014 en 130,91 euros.

CUANTÍA BONIFICACIÓN PARA AUTÓNOMOS COLABORADORES
 
Un autónomo colaborador es un familiar directo del trabajador autónomo titular que convive y trabaja para él.

- 18 meses posteriores al alta: 50% de bonificación de la cuota de autónomo en el caso de familiares autónomos, lo que supone pagar una cuota reducida de 130,91€ en lugar de los 261,83€ habituales con las bases y tipos de 2014.


Requisitos para cotizar como Autónomo Colaborador:

- Que sea familiar directo: cónyuge, descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario, por consanguinidad o afinidad hasta el    segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción.
- Que estén ocupados en su centro de trabajo de forma habitual. No debe de tratarse de una colaboración puntual.
- Que convivan en el hogar del autónomo titular y esté a su cargo.
- Que no estén dados de alta como trabajadores por cuenta ajena.

No hay comentarios:

Publicar un comentario