jueves, 3 de enero de 2013

Declaraciones Informativas 2012 a la AEAT.



            Llegó el final del ejercicio económico 2012 con infinitas connotaciones..., pero en las que a nuestro ámbito profesional se refiere, el cierre del ejercicio, cuadrar los resultados del año y presentar las declaraciones-liquidaciones que correspondan a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, serán uno de los motivos que desvelen nuestro sueño en estas fechas.

            En nuestro compromiso adquirido con nuestros lectores y con el afán de ayudarles y sintetizarles el “aluvión” de novedades normativas con el que nos encontramos en las últimas fechas, traemos a este comentario algunas de las novedades y aspectos significativos que habremos de tener en cuenta durante este mes de enero de 2013, a la hora de formalizar las declaraciones informativas a que estemos obligados, en relación con el ejercicio económico recién terminado (2012).

            En primer lugar significar que la página web de la AEAT, www.aeat.es, ha habilitado un apartado específico donde irá recogiendo todos los programas, novedades, plazos y demás aspectos relevantes en relación al tema aquí tratado, pues a fecha de elaboración de este comentario no están todos disponibles, pero está previsto lo estén a partir de 2 de Enero de 2013.

           
NOVEDADES
  • Plazo de presentación del modelo 184: Febrero de 2013.
  • Plazo de presentación del modelo 347: Febrero de 2013.
  • Forma de presentación Modelos 180, 182, 184, 188, 190, 193, 198, 296, 345, 347, 349 y 390
En relación con los modelos siguientes: 180, 182, 184, 188, 190, 193, 198, 296, 345, 347, 349 y 390
Para los sujetos pasivos que no estén obligados a la presentación por vía telemática a través de Internet y respecto de los modelos: 180, 182, 184, 188, 190, 193, 198, 296, 345, 347, 349 y 390 se habilita tanto la forma de presentación mediante la utilización del servicio de impresión desarrollado a estos efectos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria como la presentación por mensaje SMS.

Así, las formas de presentación posibles para los sujetos pasivos que no estén obligados a la presentación por vía telemática a través de Internet podrán presentar la declaración a través de uno de los siguientes modos:
    • En papel:
    a) Impreso generado por el Programa de ayuda (requiere conexión a Internet).
    b) Declaración cumplimentada de forma convencional sobre un impreso o formulario oficial.
    • Telemática, mediante envío de mensaje SMS (requiere obtener previamente el número identificativo de la declaración mediante el servicio de impresión).
    • Telemática, a través de Internet con certificado electrónico.
  • Modelo 198. Nueva clave de valor.
Respecto al Modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, se ha introducido una nueva clave de valor “J” para identificar los activos financieros con rendimiento explícito excluidos de la obligación de practicar retención, emitidos por Entes Públicos Territoriales con plazo de amortización igual o inferior a dos años y cuyo importe de la operación (valor de amortización) coincida con el valor nomina.
Al mismo tiempo, y aunque de todos los lectores habituales de nuestro Boletín es conocido que existe una “agenda profesional” disponible, en todos y cada uno de los boletines publicados, presentamos un enlace a la propia web de la www.aeat.es donde podrán consultarse los plazos de presentación de las diferentes declaraciones informativas.

CUADRO RESUMEN SOBRE LAS FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LOS MODELOS AFECTADOS POR LA ORDEN EHA/3062/2010
Modelos que no contemplan la posibilidad de presentación en papel.
Modelos: 156, 159, 170, 171, 181, 183, 187, 189, 192, 196, 291, 299, 340, 611 y 616.

Persona o entidad declarante N.º de registros de percepción Forma de presentación
Todo tipo de declarantes Hasta 10.000.000 registros Telemática, a través de Internet.
Más de 10.000.000 registros Telemática, a través de Internet
Soporte directamente legible por ordenador (exclusivamente DVD-R o DVD+R).
 Modelos con posibilidad de presentación en papel. Modelos: 180 (*), 184 (*), 188 (*), 190 (*), 193 (*), 194, 195, 198 (*), 199, 296 (*), 345 (*), 347 (*) y 349 (*).
Persona o entidad declarante N.º de registros de percepción Forma de presentación
Grandes Empresas (1)
Sociedades anónimas
Sociedades de responsabilidad limitada
Hasta 10.000.000 registros Telemática, a través de Internet.
Más de 10.000.000 registros Telemática, a través de Internet
Soporte directamente legible por ordenador (exclusivamente DVD-R o DVD+R).
Restantes declarantes Hasta 15 registros En papel.
Telemática, a través de Internet.
Entre 15 y 10.000.000 registros Telemática, a través de Internet.
Más de 10.000.000 registros Telemática, a través de Internet.
Soporte directamente legible por ordenador (exclusivamente DVD-R o DVD+R).
(1) Personas o entidades adscritas a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a alguna de las Unidades de Gestión de Grandes Empresas de las Delegaciones Especiales de la AEAT.
Modelos: 038, 182 (*) y 346.
Persona o entidad declarante N.º de registros de percepción Forma de presentación
Grandes Empresas (1)
Sociedades anónimas
Sociedades de responsabilidad limitada
Hasta 10.000.000 registros Telemática, a través de Internet.
Más de 10.000.000 registros Telemática, a través de Internet.
Soporte directamente legible por ordenador (exclusivamente DVD-R o DVD+R).
Restantes declarantes Hasta 100 registros En papel.
Telemática, a través de Internet.
Entre 100 y 10.000.000 registros Telemática, a través de Internet.
Más de 10.000.000 registros Telemática, a través de Internet.
Soporte directamente legible por ordenador (exclusivamente DVD-R o DVD+R).
(1) Personas o entidades adscritas a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a alguna de las Unidades de Gestión de Grandes Empresas de las Delegaciones Especiales de la AEAT.

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