jueves, 30 de abril de 2020

FASES DE DESESCALADA



  • El pasado martes, el Consejo de Ministros decidió cómo será la desescalada, con sus respectivas fases
  • El Gobierno confía con llegar a finales de junio a la “normalidad”
El Gobierno presentó, el pasado martes, la fórmula para la desescalada, basada en cuatro fases: 0, 1, 2 y 3.
Tal como anunció Pedro Sánchez: “La desescalada será gradual, asimétrica y coordinada. Lo vamos a hacer por fases, la unidad será la provincia o la isla, no habrá movilidad entre provincias o islas”.
Por tanto, el objetivo del Gobierno es realizar una desescalada progresiva y recuperar, poco a poco, la actividad “normal”.


Fase 0: La preparación

España se encuentra ya en esta fase desde el pasado domingo, cuando se permitió que los menores de 14 años salieran acompañados de un adulto. Permaneceremos en esta fase hasta el 10 de mayo, salvo algunas islas de Canarias (La Graciosa, El Hierro y La Gomera) y Baleares (Formentera), que pasarán directamente a la fase 1.
  • Comenzarán a abrirse locales de apertura, con cita previa (comida a domicilio, peluquerías…)
  • Se podrá salir a realizar deporte de forma individual o a pasear acompañado por alguien con quien convivamos.
  • Se permitirán entrenamientos individuales de deportistas federados y ligas profesionales

Fase 1: El inicio

Esto será a partir del 11 de mayo.
  • Pequeño comercio: Comenzarán las actividades del pequeño comercio, siempre y cuando se cumplan las condiciones de seguridad.
El comercio deberá tener un aforo limitado, ocupando solo un 30% de su capacidad y una distancia mínima de 2 metros entre clientes (si esto no es posible, se permitirá un solo cliente dentro del establecimiento).
Del mismo modo, se establecerá un horario de atención preferente a personas mayores de 65 años.
  • Restaurantes: Se permitirá la apertura de las terrazas, pero con una ocupación máxima del 30% de su capacidad. La afluencia dentro del local debe ser mínima.
  • Hoteles: Se permitirá también la apertura de hoteles y otros alojamientos turísticos, bajo unas condiciones de seguridad como no ocupar las zonas comunes (jardín, piscina, etc.)
  • Espectáculos: Se permitirá la celebración de espectáculos de menos de 30 personas en lugares cerrados y menos de 200 en caso de actos al aire libre.
  • Visitas a museos: Podremos visitar museos, siempre con el límite de un tercio del aforo.
  • Lugares de culto: También se podrá ir a iglesias, mezquitas, etc., con la condición de un tercio del aforo.
  • Velatorios: Podrán acudir a los velatorios un número máximo de familiares, cumpliendo las distancias de seguridad.
  • Deporte no profesional: Abrirán las instalaciones deportivas al aire libre, sin público y para deportes sin contacto (como atletismo o tenis). También se permiten actividades deportivas individuales con cita previa en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.
  • Deporte profesional: os deportistas profesionales tendrán menos restricciones, ya que se autorizará el “entrenamiento medio” en ligas profesionales y en centros de alto rendimiento.
  • Contacto social: Podremos visitar a amigos y familiares, siempre y cuando no presenten patologías previas y no sean vulnerables.

Fase 2: Fase intermedia

Desde el 25 de mayo podremos tener contacto social con grupos más grandes, siempre y cuando no haya en ellos personas vulnerables. Podremos viajar a las segundas residencias, siempre y cuando se encuentren en la misma provincia que nuestra vivienda habitual.
  • En comercios: Se ampliará el aforo máximo a un 40% de la capacidad del local.
  • Centros comerciales: Comenzarán a abrir los parques o centros comerciales, manteniendo cerradas las zonas recreativas o comunes.
  • Restauración: Se permitirá el consumo dentro de cafeterías, restaurantes o bares, únicamente en mesa y con separación entre los clientes.
No se incluyen discotecas y bares nocturnos.
  • Hoteles: En hoteles y alojamientos turísticos se permitirá un aforo máximo del 30% con la reapertura de las zonas comunes.
  • Cines y teatros: Reabrirán con butaca preasignada cines, teatros, auditorios,… Cumpliendo con un aforo máximo de un 30% de su capacidad.
  • Educación: Abrirán los colegios para actividades de refuerzo, preparación de la EVAU y para garantizar que los menores de 6 años puedan estar atendido en caso de que sus padres tengan que acudir a su puesto de trabajo.
  • Bodas: Se permitirá la celebración de bodas, con un límite máximo de invitados.

Fase 3: Avanzada

A partir del 8 de junio se abrirán todas las actividades, pero continuarán las restricciones y la necesidad de mantener las distancias de seguridad oportunas.
  • Comercios: Se limitará el aforo al 50% de su capacidad y continúa la necesidad de que haya una distancia mínima de dos metros entre las personas.
  • Centros comerciales: Se levantará la prohibición de utilizar las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales.
  • Restauración: Se aumenta el aforo a un máximo del 50% de su capacidad.
Se permitirán clientes en barra, con una separación mínima de 1,5 metros entre unos y otros.
  • Discotecas y bares nocturnos: Se procederá a la reapertura de discotecas y bares nocturnos, con una ocupación máxima del 30% de su capacidad.
  • Playas: Es probable que se reabran las playas en esta fase, cumpliendo con las distancias de seguridad.
  • Toros: Se permitirá la actividad en instalaciones taurinas, con un máximo de una persona por cada 9 metros cuadrados.

miércoles, 15 de abril de 2020

El Consejo de Ministros se reunió ayer, 14 de abril, para decretar nuevas medidas y aprobar el aplazamiento de impuestos


María Jesús Montero, ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, fue la encargada de realizar el anuncio: “El Consejo de Ministros ha aprobado hoy ampliar los plazos de presentación y pago de las declaraciones tributarias para pymes y autónomos, de tal forma que, ninguno de ellos, deberán presentarlas, ni pagar impuestos, antes de este mes de abril”.

En el caso de declaraciones domiciliadas, el plazo se ampliaría del 15 de abril al 15 de mayo y esta medida podrá beneficiar a casi 3,4 millones de contribuyentes, lo que representa un 95% del total de empresas y autónomos que tienen que presentar sus declaraciones en el mes de abril.

El texto del Boletín Oficial del Estado publicado hoy anuncia lo siguiente: “En el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decretoley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta esta fecha. En este caso, si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.

martes, 14 de abril de 2020

Los autónomos comenzarán a cobrar la prestación por cese de actividad el 17 de abril


  • La duración de la prestación es de un mes, pero puede ampliarse en caso de nuevas prórrogas del estado de alarma
  • El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asegura que el número de solicitantes asciende casi al millón
Los autónomos que solicitaron el cese de actividad por el covid-19, comenzarán a percibir la prestación a partir de este viernes, 17 de abril, un mes después de que el Gobierno anunciara esta ayuda.
Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, anunció, el pasado 17 de marzo, que, para aquellos trabajadores por cuenta propia que hubiesen visto paralizada su actividad o mermados sus ingresos, se establecería una prestación extraordinaria por cese de actividad.
Según el Ministerio, el número de autónomos que ha solicitado esta prestación asciende a los 900.000. En la memoria de impactos del decreto ley, el Gobierno estimaba que alrededor de un millón de trabajadores autónomos se acogerán a la prestación extraordinaria por cese de actividad.


Además, esta ayuda pueden solicitarla también aquellos profesionales autónomos con trabajadores a su cargo. En este caso, pueden tramitar un ERTE y, al mismo tiempo, acceder a esta prestación por cese de actividad.

José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, explicó que “los autónomos pueden solicitar esta nueva prestación, análoga a la de cese de actividad, cuando su actividad quede suspendida por la declaración del estado de alarma o cuya facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior”. Esta ayuda supondrá la cuantía del 70% de la base reguladora, unos 660 euros. 

La duración de la ayuda es de un mes, pero es posible ampliarla hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma, en caso de que éste se prorrogue de nuevo. Además, cabe destacar que el tiempo de su percepción se entiende como cotizado y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.

lunes, 13 de abril de 2020

¿Quién puede volver al trabajo a partir de hoy, 13 de abril?


  • El pasado jueves, 9 de abril, se puso fin a la medida que prohibía realizar su trabajo a todas las actividades no esenciales.
  • El Gobierno no aprueba una prórroga en el permiso retribuido recuperable
La primera medida aprobada por el Gobierno respecto a las actividades esenciales y no esenciales vio la luz el pasado 30 de marzo.
Tras la reunión del Consejo de Ministros el pasado jueves, 9 de abril, se puso fin a la medida que prohibía trabajar a todas las actividades que no fueran consideradas esenciales. No obstante, debido a estar inmersos en la Semana Santa, las actividades no volverán a la normalidad hasta hoy.


¿Qué sectores pueden realizar su actividad?

Todas las empresas cuyas actividades no figuren entre las actividades prohibidas con el RD 463/2020, por el que el Gobierno decretaba el estado de alarma. Asimismo, podrán volver a realizar su actividad aquellas personas y empresas que no dispongan de medios para el teletrabajo.
La construcción, el comercio minorista y las líneas de producción no relacionadas con los servicios básicos.
No obstante, todas deben contar con las medidas de seguridad necesarias para evitar la propagación del virus y los trabajadores y trabajadoras deberán acudir a su puesto de trabajo, a poder ser, en su vehículo particular para evitar aglomeraciones.

Importante para la construcción

El Gobierno anunció en el BOE que las obras en interiores (edificios donde vivan personas ajenas a la obra) se restringen: “Se establece la suspensión de toda clase de obra que suponga una intervención en edificios existentes, en los supuestos en los que en el inmueble en el que deban ejecutarse se hallen personas no relacionadas con la actividad de ejecución de la obra, y que, debido a su ubicación permanente o temporal, o a necesidades de circulación, y por causa de residencia, trabajo u otras, puedan tener interferencia con la actividad de ejecución de la obra, o con el movimiento de trabajadores o traslado de materiales”.

Permiso retribuido recuperable

La medida del permiso retribuido recuperable aportaba que los trabajadores cuya actividad hubiera quedado suspendida el pasado 29 de marzo, continuarían percibiendo su salario habitual y recuperarían las horas de trabajo no prestadas antes del 31 de diciembre de 2020.
No obstante, con la vuelta a la actividad, el Gobierno no ha prorrogado este permiso retribuido recuperable.