En concreto, y según las enmiendas a las que tuvo acceso Europa Press, el proceso se iniciará de oficio cuando se haya incumplido la obligación de informar sobre altas y modificaciones de bienes urbanos y construcciones en suelo rústico. El objetivo es que estos inmuebles pasen a tributar como les corresponde y que las administraciones competentes "puedan liquidar las cuotas correspondientes a los ejercicios tributarios no prescritos".
El Catastro irá decidiendo dónde y cuándo se revisan los datos inmobiliarios, con el objetivo de que el proceso esté completado antes de que acabe 2016, si bien los plazos podrán ser ampliados.
Además se permite determinar nuevos valores para los inmuebles que cuenten con "construcciones en suelo de naturaleza rústica que sean indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales, sin necesidad de que se realice un procedimiento de valoración colectiva general" en aquellos municipios donde no haya habido ninguna revisión desde 2006.
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